LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA RACVE

Según el Real Decreto 101/2014, de 21 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España:

  • Artículo 16. Junta de Gobierno: composición y cargos.
    1. La Real Academia estará regida por una Junta de Gobierno constituida por las personas titulares de los siguientes cargos:
      1. Presidente.
      2. Vicepresidente.
      3. Secretario General.
      4. Vicesecretario.
      5. Bibliotecario.
      6. Tesorero.
      7. Los Presidentes de las cinco Secciones.

2. Los cargos mencionados serán elegidos, entre los Académicos y Académicas de número, en Junta Plenaria, salvo los Presidentes de las Secciones, que serán elegidos por ellas y tendrán el carácter de miembros natos de la Junta de Gobierno.

3. El mandato de todos los cargos tendrá una duración de cuatro años, susceptibles de renovación en los términos que expresa el artículo 17.3.

4. La representación de todos los cargos de la Junta de Gobierno no es delegable, sin perjuicio de las suplencias del Presidente y del Secretario General que se contemplan en los artículos 20 y 22. El Reglamento de régimen interior establecerá el régimen de suplencias de los demás cargos, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.

5. La Junta de Gobierno se reunirá, al menos, una vez al mes y siempre que lo decida el Presidente.

MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA